Uno de los principales problemas que se dio en la sociedad es el de la expansión del derecho penal a nuevos ámbitos de protección como ser el medio ambiente, ocasionando así la disputa de que bienes debían prevalecer ya sean individuales o ya sean universales. Provocando así, que del Derecho penal empiece a castigar conductas que, conforme con los principios de ultima ratio y de intervención mínima, deberían sancionarse exclusivamente en el Derecho sancionador administrativo. Donde claramente se ve que este derecho penal moderno estaría en oposición con el derecho penal de la Ilustración, el Derecho penal liberal y las garantías y principios básicos sentados por este derecho, entrando en conflicto con los principios de subsidiariedad, última ratio e intervención mínima del Derecho penal.
La solución de los problemas específicos de la sociedad de riesgos, de la protección de seguridad, es el derecho de policía, el derecho administrativo sancionador al que pertenecen en propiedad los tipos de peligro abstracto que no deberían ser admitidos en el Derecho penal. El rechazo a los delitos de peligro abstracto es mayor cuando están referidos a bienes jurídicos universales o colectivos. Estos hechos deberían ser privilegio del derecho administrativo. Entonces claramente se puede ver que esto ocasiona grandes problemas al derecho penal dejando de lado a lo bines jurídicos individuales.
El derecho penal tiene como finalidad la protección de bienes jurídicos, castigando la lesión de los mismos o su puesta en peligro. Sin embargo se puede ver que el derecho penal, en la actualidad, no se limita a la protección de bienes jurídicos sino que se encarga de velar por la correcta gestión de los riesgos generales y colectivos. Donde se recogen nuevas figuras delictivas y hacen que este derecho penal, quiebre los principios mencionados.
Vivimos en una sociedad donde esta tiene una creciente sensación de inseguridad derivada del incremento de la violencia delictiva. Esta inseguridad entonces va ha ocasionar una forma que se denomina tolerancia cero, esto se vio claramente en el caso Blumberg provocando la disminución de edad para la adquisición de la imputabilidad penal, elevar la severidad de las escalas penales y recurrir a testigos de identidad reservada. Parece ser que la propia sociedad hace cierta clasificación entre esta y los grupos marginados. El discurso de Blumberg demuestra esta división asegurando que existe una sociedad de ciudadanos honestos, buenos y laboriosos (como él), a los que no dejan vivir en paz “los otros” denominados como elementos tenebrosos y sin valor. Entonces claramente se puede ver mediante este discurso que la misma sociedad es la causa de este problema. Donde divide al delincuente como enemigo.
Se está conciente de que el derecho penal está experimentando un fenómeno de crecimiento y de endurecimiento, pero lo asombroso es que a pesar de que no nos encontramos en un estado autoritario sino en un estado de derecho, en muchas ocasiones ¡se dan características de un estado autoritario por voluntad política adecuándose a las necesidades de la ciudadanía! Como un derecho penal del enemigo por ejemplo. También lo que no se entiende es que una sociedad de un estado democrático pida el endurecimiento de las penas, siendo así impulsado por la propia sociedad, la propia opinión pública y ejecutada por un poder político democrático. Se está volviendo a lo que no se quería en el pasado.
Por eso opino que una de las soluciones un derecho penal que proteja bienes jurídicos individuales, es que con esta aparición de nuevas figuras delictivas se analice profundamente a que rama del derecho debería pertenecer, no hay que olvidar que todo nuestro análisis se dirigió siempre a que el derecho penal únicamente debería actuar solamente en los casos en que otros controles menos graves sean insuficientes para el caso de los bienes jurídicos más importantes. Considero que también es muy importante alcanzar un equilibrio entre eficacia y valor de garantías para así no dejar de lado a ninguna de ellas y también preservar el resguardo de la dignidad humana y de derechos fundamentales.
La solución de los problemas específicos de la sociedad de riesgos, de la protección de seguridad, es el derecho de policía, el derecho administrativo sancionador al que pertenecen en propiedad los tipos de peligro abstracto que no deberían ser admitidos en el Derecho penal. El rechazo a los delitos de peligro abstracto es mayor cuando están referidos a bienes jurídicos universales o colectivos. Estos hechos deberían ser privilegio del derecho administrativo. Entonces claramente se puede ver que esto ocasiona grandes problemas al derecho penal dejando de lado a lo bines jurídicos individuales.
El derecho penal tiene como finalidad la protección de bienes jurídicos, castigando la lesión de los mismos o su puesta en peligro. Sin embargo se puede ver que el derecho penal, en la actualidad, no se limita a la protección de bienes jurídicos sino que se encarga de velar por la correcta gestión de los riesgos generales y colectivos. Donde se recogen nuevas figuras delictivas y hacen que este derecho penal, quiebre los principios mencionados.
Vivimos en una sociedad donde esta tiene una creciente sensación de inseguridad derivada del incremento de la violencia delictiva. Esta inseguridad entonces va ha ocasionar una forma que se denomina tolerancia cero, esto se vio claramente en el caso Blumberg provocando la disminución de edad para la adquisición de la imputabilidad penal, elevar la severidad de las escalas penales y recurrir a testigos de identidad reservada. Parece ser que la propia sociedad hace cierta clasificación entre esta y los grupos marginados. El discurso de Blumberg demuestra esta división asegurando que existe una sociedad de ciudadanos honestos, buenos y laboriosos (como él), a los que no dejan vivir en paz “los otros” denominados como elementos tenebrosos y sin valor. Entonces claramente se puede ver mediante este discurso que la misma sociedad es la causa de este problema. Donde divide al delincuente como enemigo.
Se está conciente de que el derecho penal está experimentando un fenómeno de crecimiento y de endurecimiento, pero lo asombroso es que a pesar de que no nos encontramos en un estado autoritario sino en un estado de derecho, en muchas ocasiones ¡se dan características de un estado autoritario por voluntad política adecuándose a las necesidades de la ciudadanía! Como un derecho penal del enemigo por ejemplo. También lo que no se entiende es que una sociedad de un estado democrático pida el endurecimiento de las penas, siendo así impulsado por la propia sociedad, la propia opinión pública y ejecutada por un poder político democrático. Se está volviendo a lo que no se quería en el pasado.
Por eso opino que una de las soluciones un derecho penal que proteja bienes jurídicos individuales, es que con esta aparición de nuevas figuras delictivas se analice profundamente a que rama del derecho debería pertenecer, no hay que olvidar que todo nuestro análisis se dirigió siempre a que el derecho penal únicamente debería actuar solamente en los casos en que otros controles menos graves sean insuficientes para el caso de los bienes jurídicos más importantes. Considero que también es muy importante alcanzar un equilibrio entre eficacia y valor de garantías para así no dejar de lado a ninguna de ellas y también preservar el resguardo de la dignidad humana y de derechos fundamentales.
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