Con todas las actividades y tareas realizadas, se pudo analizar mucho más a fondo el planteamiento del derecho penal del enemigo de Jakobs, donde se pudo ver que el problema principal que plantea este derecho penal del enemigo es su difícil compatibilidad con los principios básicos del derecho penal del Estado de derecho, es decir lo que esta reforma trata de presentar es una amenaza para los principios y garantías del Estado de derecho.
También pude analizar más a fondo que con el anteproyecto que señala Muñoz conde, se puede ver que con la prolongación de las penas difícilmente se podrá llegar a la reinserción. Y que Entonces, lo que se está haciendo con este anteproyecto es que el gobierno está abriendo una puerta al llamado derecho penal autoritario, que se caracteriza por ser un derecho penal del y para el enemigo, completamente incompatible con el Estado de derecho
También se llego a la conclusión de que con el derecho penal del enemigo se está hablando del acercamiento hacia un derecho penal autoritario, no se puede dejar de lado tanta lucha por respetar la dignidad del ser humano y sus respectivos derechos y garantías.
Se vio que si el derecho no se muestra como derecho simplemente se está mostrando como poder lo cual vendría a ser la característica del derecho penal del enemigo ya que se basa en el sometimiento y la aniquilación del hombre por el hombre. Es decir que un estado policiaco, un estado absolutista adopta esta ideología del derecho penal del enemigo porque lo único que hace y desea es prevalecer el poder.
Por otro lado el tema de la dignidad humana es base para hablar en contra de un derecho penal del enemigo puesto que es un valor que se nos presenta como una llamada al respeto incondicionado y absoluto.
Claramente se ve que el derecho penal del enemigo quiere resguardarse bajo dos justificativos: la demanda y la seguridad jurídica; los estados democráticos están empezando a quebrantar las garantías por el justificativo de la seguridad; pero también habrá que ver que si detrás de esta seguridad se encuentran intereses económicos, lo cual tiene que ver con asuntos de poder, hegemonía.. Por otro lado se puede ver que este mismo se esta refiriendo a lo que es un derecho penal de autor donde simplemente se va a ver la apariencia y no el acto. Donde también se puede ver que el derecho no hace absolutamente nada con el enemigo y que lo único que hace es coaccionar. Por otro lado también debemos cuestionar qué ideología político económica hay detrás del derecho penal del enemigo, a lo que nos lleva que parece ser que el derecho penal del enemigo no es más que una perspectiva ideológica política.
También pude analizar más a fondo que con el anteproyecto que señala Muñoz conde, se puede ver que con la prolongación de las penas difícilmente se podrá llegar a la reinserción. Y que Entonces, lo que se está haciendo con este anteproyecto es que el gobierno está abriendo una puerta al llamado derecho penal autoritario, que se caracteriza por ser un derecho penal del y para el enemigo, completamente incompatible con el Estado de derecho
También se llego a la conclusión de que con el derecho penal del enemigo se está hablando del acercamiento hacia un derecho penal autoritario, no se puede dejar de lado tanta lucha por respetar la dignidad del ser humano y sus respectivos derechos y garantías.
Se vio que si el derecho no se muestra como derecho simplemente se está mostrando como poder lo cual vendría a ser la característica del derecho penal del enemigo ya que se basa en el sometimiento y la aniquilación del hombre por el hombre. Es decir que un estado policiaco, un estado absolutista adopta esta ideología del derecho penal del enemigo porque lo único que hace y desea es prevalecer el poder.
Por otro lado el tema de la dignidad humana es base para hablar en contra de un derecho penal del enemigo puesto que es un valor que se nos presenta como una llamada al respeto incondicionado y absoluto.
Claramente se ve que el derecho penal del enemigo quiere resguardarse bajo dos justificativos: la demanda y la seguridad jurídica; los estados democráticos están empezando a quebrantar las garantías por el justificativo de la seguridad; pero también habrá que ver que si detrás de esta seguridad se encuentran intereses económicos, lo cual tiene que ver con asuntos de poder, hegemonía.. Por otro lado se puede ver que este mismo se esta refiriendo a lo que es un derecho penal de autor donde simplemente se va a ver la apariencia y no el acto. Donde también se puede ver que el derecho no hace absolutamente nada con el enemigo y que lo único que hace es coaccionar. Por otro lado también debemos cuestionar qué ideología político económica hay detrás del derecho penal del enemigo, a lo que nos lleva que parece ser que el derecho penal del enemigo no es más que una perspectiva ideológica política.
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